sábado, 18 de octubre de 2014

EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS



EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

Asistimos en las últimas semanas a una intensa campaña en medios, promovida por algunos gremios empresariales y mediáticos, que insisten en exigir al gobierno reformas en la legislación laboral, orientadas a reducir los derechos de los trabajadores/as ampliando los regímenes especiales al conjunto de trabajadores/as, argumentando que esto incentivará la inversión privada en momentos de desaceleración económica y pérdida de competitividad.
Creemos que esta es una campaña tendenciosa, que no se ajusta a la evidencia empírica, cuyo principal objetivo es mantener las tasas de ganancias de un sector de empresas, a costa de la calidad de vida y la precariedad en el empleo de los peruanos. Sobre el particular queremos señalar lo siguiente:
  • Es falso que el régimen laboral general vigente genere elevados costos de despido. Dicha legislación dispone de múltiples modalidades de contratación temporal que permiten a las empresas cesar a su personal sin incurrir en el pago de ninguna indemnización por despido, ya que basta con esperar la finalización del respectivo contrato –de corta duración– para prescindir de los servicios de los trabajadores.  Dos de cada tres trabajadores/as formales del sector privado están sujetos a contratos temporales.
  • En cuanto a la minoría de trabajadores/as contratados a plazo indefinido, la legislación laboral establece una gran variedad de causas de término de la relación laboral que no acarrean el pago de indemnización alguna. Causas vinculadas con la conducta y capacidad de los trabajadores/as, así como con la situación de la empresa.
  • No es verdad que el aumento de la remuneración mínima incremente la informalidad laboral. Por el contrario, en el período 2005-2013, en el cual la remuneración mínima se elevó en 5 oportunidades, la tasa de informalidad laboral en el sector empresarial privado se redujo en 11,4 puntos porcentuales (pasando de 68,8% a 57,4% a nivel nacional) y el porcentaje de trabajadores/as que perciben remuneraciones inferiores a la mínima disminuyó en 12,1 puntos porcentuales (pasando de 46,2% a 34,1%). Adicionalmente, un aumento en la remuneración mínima generaría un mayor consumo interno, lo que implicaría mayor producción local y mayor contratación de personal.
  • Es falso que eliminando y reduciendo derechos laborales y beneficios sociales –como sucede con los diversos regímenes especiales (micro y pequeña empresa, agrario, exportación no tradicional, trabajadores/as del hogar)– se promueve la inversión y la formalidad laboral. En tal sentido, a pesar que los regímenes laborales especiales de la micro y pequeña empresa han reducido significativamente los costos laborales no salariales (beneficios laborales) de un 54% adicional de la remuneración mensual, a 5% y 29,1% respectivamente, sólo se han formalizado el 8,4% de microempresas y el 6,7% de pequeñas empresas bajo los estándares de dichos regímenes desde octubre del 2008. Ello muestra que los principales incentivos para la formalización laboral no están vinculados a la reducción de beneficios laborales, sino que únicamente genera una mayor precarización del empleo.
  • Incluso en el caso de la microempresa, la tasa de informalidad laboral se ha mantenido en niveles cercanos al 90%, a pesar de la disminución de beneficios laborales contenida en su régimen laboral especial y el contexto de reducción general de la informalidad laboral, que curiosamente ha disminuido significativamente en los segmentos empresariales sujetos a la legislación laboral general (el 86% de trabajadores formales en el sector privado recibe los beneficios establecidos por la regulación laboral general).
  • Es necesario avanzar en mejoras en la regulación laboral y el fortalecimiento de la acción estatal que permitan el ejercicio pleno de los derechos individuales y colectivos en el trabajo (actualmente sólo el 6,4% de trabajadores del sector privado formal se encuentra sindicalizado). El Estado debe garantizar la libertad sindical y promover la negociación colectiva como los mecanismos principales para el diálogo social y una distribución razonable y justa del ingreso producido colectivamente, considerando que los trabajadores que acceden a la negociación colectiva tienen la posibilidad de obtener mejores remuneraciones que aquellos que no lo hacen (remuneraciones 50% mayores en promedio).
  • Insistir en la reducción de beneficios laborales sólo contribuirá a incrementar la inequidad en la distribución del ingreso entre empresas y trabajadores, cuya brecha se ha ampliado en 18,9 puntos porcentuales del PBI, a favor de las primeras, en los últimos 20 años.
  • Es necesario implementar una reforma integral y sostenible de la seguridad social en sus distintas ramas (salud,  pensiones, riesgos de trabajo, entre otros). Dicha reforma debe garantizar que se cumplan los fines propios de la seguridad social y no estar desconectada de las necesidades de los ciudadanos/as. La seguridad en los ingresos en las distintas etapas de la vida y la protección de la salud son derechos humanos que deben ser garantizados de manera universal por el Estado, sin perjuicio de que los trabajadores y trabajadoras cuenten con seguros o pensiones privadas de carácter complementario. Actualmente el 37,8% de los trabajadores/as no está cubierto por ningún seguro de salud, mientras que el 67% no se encuentra afiliado a ningún sistema de pensiones.
  • Para superar el problema de la informalidad y generar las condiciones propicias para la creación de empleos adecuados, es necesario que el Estado fomente el fortalecimiento empresarial y la mejora de los niveles de productividad de las empresas, promoviendo encadenamientos productivos, el acceso a tecnología limpia, la capacitación laboral, simplificación administrativa, acceso a financiamiento y nuevos mercados, etc. Los “costos laborales” son sólo uno de los factores –no el único ni el más importante– que contribuye a la competitividad y al éxito de los emprendimientos empresariales.
  • Finalmente, es importante precisar que según el índice de competitividad global del World Economic Forum 2013-2014 (conformado por 12 pilares), el Perú se ubica en el segundo quintil superior mundial en el ranking del pilar “eficiencia del mercado de trabajo” (competitividad laboral), siendo superado sólo por Chile a nivel de Latinoamérica.
Por todas estas razones, consideramos inoportuna y errada la campaña emprendida por algunos sectores para reducir y flexibilizar aún más las normas laborales, que, como hemos visto, no inciden directamente en el objetivo de la formalización laboral ni en la mejora de la calidad del empleo. Por el contrario, planteamos promover el trabajo decente y el cumplimiento de los derechos fundamentales de los trabajadores/as.

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